Tipos de Actas en Sociedades Mercantiles
Existen diversos tipos de actas que deben llevarse a cabo dentro de las empresas. Cada una cumple con una finalidad en específico y es de suma importancia conocer que función desempeñan.
¿Qué tipos de Actas existen?
- Acta Constitutiva.
- Acta de Asamblea Ordinaria.
- Acta de Asamblea Extraordinaria.
- Acta de Asamblea Mixta.
Acta Constitutiva
El acta constitutiva es el documento que le da vida a la empresa, en el cual se estipulan los aspectos generales de la sociedad como: denominación social, objeto, accionistas, capital social, duración, etc.
Actas de Asamblea Ordinarias y Extraordinarias
La Asamblea General de Accionistas es el Órgano Supremo de la Sociedad; podrá acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta.
Las Asambleas Generales de Accionistas son ordinarias y extraordinarias. Unas y otras se reunirán en el domicilio social, y sin este requisito serán nulas, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.
Acta de Asamblea Ordinaria
El Acta de Asamblea Ordinaria es aquella en la cual se reúnen los accionistas para tratar sobre cualquier asunto que NO sea de la competencia de las extraordinarias, y deberá celebrarse cuando menos una vez al año.
El artículo 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles nos estipula que la Asamblea Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses que sigan a la clausura del ejercicio social y se ocupará, además de los asuntos incluidos en el orden del día, de lo siguiente:
- Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores.
- Información financiera de la sociedad del ejercicio social concluido.
- Informe de parte del comisario sobre la veracidad de la información presentada por el consejo de administración, en caso de contar con comisario.
- Nombrar al Administrador o Consejo de Administración y a los Comisarios.
- Determinar los emolumentos correspondientes a los Administradores y Comisarios.
Acta de Asamblea Extraordinaria
Las Asambleas Extraordinarias tienen como fin, estipular asuntos especiales que se lleven en la sociedad, así pues, el artículo 182 de la LGSM nos enlista sobre que asuntos se debe de llevar a cabo este tipo de acta:
- Prórroga de la duración de la sociedad.
- Disolución anticipada de la sociedad.
- Aumento o reducción del capital social.
- Cambio de objeto de la sociedad.
- Cambio de nacionalidad de la sociedad.
- Transformación de la sociedad.
- Fusión con otra sociedad;
- Emisión de acciones privilegiadas;
- Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce.
- Emisión de bonos.
- Cualquiera otra modificación del contrato social.
- Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial.
- Estas asambleas podrán reunirse en cualquier tiempo.
Las actas de asamblea extraordinarias deberán de protocolizarse obligatoriamente ante fedatario público e inscribirse en el Registro Público del Comercio, a diferencia de las Asambleas Ordinarias.
Sin embargo, si bien es cierto que las asambleas ordinarias no es obligatorio pasarlas ante la fe de un fedatario público, si se debe considerar en cuando menos certificar dichas asambleas ordinarias, esto con la finalidad de cumplir con el requisito que exige la autoridad fiscal de Fecha Cierta, contemplada en la jurisprudencia que se cita.
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?id=2021218&Clase=DetalleTesisBL
Comparativa entre Asambleas Ordinarias y Extraordinarias
Acta de Asamblea Mixta
Este tipo de Acta de Asamblea tiene las características de las Ordinarias y Extraordinarias, la cual consiste en tratar temas dentro de una misma acta, asuntos relativos a la asamblea extraordinaria y posterior asuntos de asambleas ordinarias; es necesario que se protocolice ante fedatario público.