Ajuste Anual por Inflación
El ajuste anual por inflación consiste en valuar la pérdida o ganancia del poder adquisitivo de la moneda en los créditos y las deudas que tiene una persona moral.
Es importante considerar el ajuste anual por inflación, toda vez que, puede jugar como un ingreso acumulable o una deducción autorizada.
Si las deudas son mayores que los créditos, el resultado será el ajuste anual por inflación acumulable, en caso contrario, el resultado será ajuste anual por inflación deducible.
El artículo 46 de la LISR, señala que:
Las personas morales determinarán, al cierre de cada ejercicio, el ajuste anual por inflación, como sigue:
- Determinarán el saldo promedio anual de sus deudas y el saldo promedio anual de sus créditos.
- El saldo promedio anual de los créditos o deudas será la suma de los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, dividida entre el número de meses del ejercicio. No se incluirán en el saldo del último día de cada mes los intereses que se devenguen en el mes.
- Cuando el saldo promedio anual de las deudas sea mayor que el saldo promedio anual de los créditos, la diferencia se multiplicará por el factor de ajuste anual y el resultado será el ajuste anual por inflación acumulable.
- Cuando el saldo promedio anual de los créditos sea mayor que el saldo promedio anual de las deudas, la diferencia se multiplicará por el factor de ajuste anual y el resultado será el ajuste anual por inflación deducible.
El factor de ajuste anual será el que se obtenga de restar la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del último mes del ejercicio de que se trate entre el citado índice del último mes del ejercicio inmediato anterior.