Carta de NO antecedentes penales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró a principios de año, la Inconstitucionalidad de que una empresa (“Patrón”), exija el requisito de “Carta de No Antecedentes Penales”, ya que que viola el principio de Igualdad y No Discriminación consagrados en el artículo 1° de nuestra Carta Magna.


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